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2021: Efectos de la Firma Electrónica en Actos de Comercio.

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Conocerás a detalle las disposiciones legales aplicables a los documentos firmados electrónicamente y el respaldo de las constancias de conservación de la NOM-151.

Fundamento legal

Ley de Firma Electrónica

Digita Firma está basado en la Ley de Firma Electrónica, la cual le concede a los documentos firmados digitalmente la misma validez que los firmados de forma autógrafa. Ver más.

Código de Comercio

En su artículo 89 establece que la Firma Electrónica es admisible y tiene el mismo valor probatorio en juicio que los documentos firmados con firma autógrafa.

Constancia NOM-151

DigitaFirma utiliza los servicios de un Prestador de Servicios de Certificación (PSC) para asegurarse que los documentos firmados en la plataforma tengan 100% de validez legal en todo el país. Emitiendo para cada documento una constancia que avala y brinda fecha cierta.

Seguridad de la información

En DigitaFirma nos ocupamos seriamente de la seguridad de la información y la protección de tus datos personales, es por ello que implementamos los más altos estándares de la industria para mantener tu información segura.


Nuestro centro de datos así como toda nuestra cadena de valor es redundante y está protegida ante desastres, ataques y fallas en los equipos de computo. Nuestra infraestructura está basada en centros de datos de gran confiabilidad y cumple con certificaciones como ISO 27001, ISO 27017 y ISO 27018 al igual que AICPA SOC 1/2/3.

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Información segura
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¿Tienes preguntas?

FAQs

¿Puede el SAT ver lo que firme usando la e.firma (antes llamada FIEL)?

No. Si bien es cierto que el SAT es la Autoridad Certificadora que emite la e.firma (antes llamada FIEL), eso no significa que tenga acceso a los documentos que se firmaron utilizando este certificado. No es legal ni técnicamente posible que el SAT conozca el contenido de los documentos que se firmen con la e.firma. Continuar leyendo.

¿Qué tipo de documentos puedo firmar a través de DigitaFirma?

DigitaFirma puede ser utilizado sobre cualquier tipo de documento de texto con extensiones .DOC, .DOCX y .PDF. Cualquier documento que requiera ser conservado en soporte electrónico con garantía de seguridad e integridad puede ser protegido a través de una Constancia de Conservación bajo la NOM-151. Continuar leyendo.

¿Cómo se protege mi información al utilizar DigitaFirma?

DigitaFirma utiliza los más altos estándares en la industria de seguridad de la información y protección de datos personales, manteniendo la información de clientes y documentos firmados a salvo de desastres, ataques, y fallas en los equipos de cómputo, eléctricos y redes de comunicación. Continuar leyendo.

¿Se pueden recuperar los documentos firmados con DigitaFirma?

Sí, DigitaFirma almacena los documentos firmados por sus clientes por un plazo de hasta 10 años, para su posterior consulta, descarga y/o reenvío por email.

¿Qué es la Firma Electrónica Avanzada?

Es un mecanismo digital para la firma de documentos consistente en la asociación lógica a un documento de ciertos datos electrónicos para la identificación del firmante e indicar su aprobación respecto de la información contenida en el documento firmado. Continuar leyendo.

Ante un juicio ¿Los documentos son válidos?

Sí, tratándose de juicios civiles, mercantiles, administrativos, fiscales y laborales, existen disposiciones legales claras en las cuales se establece que los documentos firmados con Firma Electrónica son pruebas válidas admisibles en juicio. Continuar leyendo.

¿Qué es la NOM-151 y por qué es importante?

La Norma Oficial Mexicana NOM-151-SCFI-2016 que define los requisitos que deben observarse para la conservación de mensajes de datos y digitalización de documentos(NOM-151) establece los requisitos que se los comerciantes deben cumplir para la digitalización de documentos y conservación de documentación electrónica respecto de los actos comerciales que lleven a cabo como parte de sus negocios. Continuar leyendo.

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